Historias clinicas en el mundo.
Salud contesta que «la confidencialidad está garantizada», y no ve necesarias más medidas
Más rigor en todo el proceso de archivo y tratamiento de los historiales y documentación clínica de los pacientes, a fin de garantizar la absoluta confidencialidad. Éste es el contenido de una sugerencia emitida el pasado mes por la Defensora del Pueblo Riojano a la Consejería de Salud, en la que pide a ésta que regule el procedimiento de archivo, custodia y acceso a la información y documentación clínica, «garantizando los derechos de confidencialidad y seguridad que prevé la legislación vigente».
Esta sugerencia vino asimismo acompañada de una recomendación a la misma Consejería para que adopte las medidas que permitan adecuar la agilidad del tratamiento informatizado de documentación clínica con las debidas garantías de confidencialidad y seguridad, «limitando estrictamente el acceso a los datos en aquellos supuestos establecidos legalmente». El objetivo que persigue es garantizar el derecho del enfermo a su intimidad personal y familiar y al deber de guardar el secreto por quien, en virtud de su competencia, tenga acceso a la historia clínica.
Confidencialidad mejorable
Según el criterio de la Defensora, María Bueyo Díez Jalón, la respuesta que actualmente ofrece la administración sanitaria es «razonablemente correcta», pero las condiciones de disponibilidad y acceso a la documentación clínica son, con carácter general, «mejorables desde el punto de vista de la confidencialidad e intimidad del paciente».
Así, una de las sugerencias que Bueyo realiza es que sea el propio paciente quien consienta o no si sus datos son informatizados o no. También pide controlar y restringir el acceso al historial clínico (con las excepciones que fija la normativa) sólo a los profesionales vinculados con el proceso clínico de cada paciente, regulando además el procedimiento para que quede constancia del acceso a la historia de su uso.
Respuesta de Salud
Por su lado, la propia Consejería de Salud, en un informe remitido a la Defensora, detalló que que el sistema sanitario riojano garantiza la confidencialidad de los procesos clínicos de los pacientes, ya que sólo pueden acceder las personas autorizadas, a las que vincula la obligación de secreto y confidencialidad.
En ese sentido, aclaró que «no existe posibilidad de que cualquier persona que tenga relación laboral o funcional con el SERIS o con la Consejería tenga acceso a la historia clínica, ya que sólo están autorizados aquellos profesionales que necesitan hacerlo por la función que realizan». Además, precisó que quedan registrados todos los accesos de cada una de esas personas autorizadas, por lo que no ve necesarias nuevas medidas de control.
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Publicada Blog de Grupo Madero de Jorge Averbuj.